¿Cómo se acreditan los antecedentes?

El Ministerio de Justicia es el organismo encargado de expedir los documentos que acreditan la existencia o ausencia de delitos conforme a las leyes españolas.

En la actualidad, existen dos tipos de documentos:
  • Un certificado de antecedentes penales es un documento oficial que acredita que una persona ha sido condenada por sentencia firme por un delito en un país. Si el certificado es negativo, este acreditará la ausencia de delitos penales en el Registro Central de Penados.
  • Un certificado de delitos de naturaleza sexual es un documento oficial que acredita que una persona ha sido condenada por sentencia firme por un delito sexual en un país. Si el certificado es negativo, este acreditará la ausencia de delitos sexuales en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

¿Para qué sirven?

Ambos documentos deben presentarte ante determinados organismos o entidades públicas o privadas para acreditar la ausencia de delitos. En el ámbito profesional, estos documentos se solicitan para poder optar a un puesto de trabajo.

En el caso de España, el único documento válido para trabajar con menores (centros educativos, actividades extraescolares, campamentos, etc.) es el certificado de delitos de naturaleza sexual.

En el extranjero, el documento que suele solicitarse es el certificado de antecedentes penales, incluso si se trabaja con menores. Algunos organismos aceptan el de delitos sexuales en estos casos, si bien es importante confirmarlo para evitar problemas con los trámites.

¿Es necesario traducirlos?

Por lo general, este tipo de documentos sí deben traducirse, ya que solo se expiden en español. No obstante, es posible que algunos organismos o entidades los acepten sin necesidad de traducción.

En el marco de la Unión Europea, sus Estados miembros ya no pueden requerir la traducción de estos certificados en aplicación del Reglamento (UE) 2016/1191 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, por el que se facilita la libre circulación de los ciudadanos simplificando los requisitos de presentación de determinados documentos públicos en la Unión Europea y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1024/2012.

El citado reglamento especifica que puede omitirse su traducción si se presenta un formulario cumplimentado. No obstante, las autoridades europeas siguen solicitando su traducción por la reticencia del proceso establecido y la dificultad de aceptar los formularios cuyas respuestas solo figuran en el idioma del país que expide el documento.

¿Es necesario apostillarlos?

La legalización de ambos documentos es obligatoria si van a surtir efectos fuera de España. Si el país de destino del documento es un Estado miembro de la Unión Europea, no será necesaria la apostilla, ya que ese requisito ha dejado de ser aplicable tras la aplicación del citado reglamento.


Para más información sobre la traducción y el requisito de la apostilla en la UE, visite el apartado 'Notariado'.

¿Dónde puedo solicitarlos?

En España, este trámite puede hacerse por internet, correo postal o presencialmente. La vía más rápida es remitir la solicitud a través de la página web del Ministerio de Justicia. Para ello, será necesario disponer de certificado digital.

Para obtener sus certificados, solo debe acceder a este enlace.