1. ¿Qué se entiende por traducción jurada?
Se trata de la traducción oficial de documentos de cualquier tipo que deben presentarse generalmente ante determinados organismos o entidades oficiales. Dicha traducción debe estar firmada y sellada por el traductor-intérprete jurado. Se debe certificar además que la traducción es fiel al original.

2. ¿Quién puede realizar una traducción jurada?
Únicamente las personas que hayan obtenido el título de Traductor-Intérprete Jurado expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEUEC).

3. ¿El título de Traductor-Intérprete Jurado permite realizar traducciones directas e inversas?
Sí, el título autoriza al traductor-intérprete jurado a realizar traducciones directas (hacia la lengua materna) como inversas (hacia la lengua extranjera para la que ha sido nombrado). No obstante, hay que tener en cuenta que el organismo receptor es el que decide si acepta la traducción jurada de un traductor-intérprete jurado español. Por tanto, es recomendable que el cliente se asegure de que dicho organismo aceptará la traducción.

De conformidad con el artículo 6.2 del Reglamento (UE) 2016/1191, una traducción jurada realizada por un traductor jurado de España será válida en toda la UE siempre y cuando una de las lenguas sea oficial en el Estado miembro de destino.

4. ¿Para qué documentos puede necesitar una traducción jurada? 
Aunque la Administración o cualquier otro organismo puede solicitarle la traducción jurada u oficial de cualquier documento, los que a continuación se muestran son los ejemplos más comunes:

- Artículos periodísticos y de investigación.
- Carné de conducir.
- Certificados e informes médicos.
- Certificados de antecedentes penales.
- Certificados de entidades bancarias.
- Contratos.
- Demandas judiciales (divorcio, etc.).
- Documentos académicos (certificados, títulos, expedientes, etc.).
- Documentos notariales (escrituras, testamentos, poderes, etc.). 
- Documentos relacionados con adopciones.
- Estatutos.
- Libros de familia.
- Partidas de nacimiento, matrimonio y defunción.
- Pasaportes.
- Patentes.
- Permisos de trabajo y residencia.
- Sentencias judiciales.
- Visados.

En definitiva, la traducción jurada se aplica a cualquier documento escrito en una lengua extranjera o en español que usted necesite para realizar algún trámite administrativo. 

5. ¿Cómo envío el documento original y recibo la traducción? 
Siempre que sea posible, se recomienda entregar o remitir el documento original al traductor-intérprete jurado. También se pueden remitir copias o escaneos por correo electrónico. En todos los casos, los originales deberán remitirse con buena calidad ya que, según la normativa vigente, la traducción deberá ir acompañada de una copia de su original, la cual deberá ir sellada y fechada en todas sus páginas.

Una vez traducido el documento, este se entregará personalmente en papel o se remitirá por correo postal al cliente, ya que debe ir firmado y sellado. Si la entrega se hace en mano, se deberá mostrar el documento original. 

6. ¿Es obligatorio el uso de papel timbrado? 
La legislación española no contempla el uso de este tipo de papel en las traducciones juradas. Si bien es cierto que algunos traductores lo utilizan en sus encargos, basta con imprimir la traducción en papel normal. 

7. ¿Debe sellar el MAEUEC la traducción?
No. Las traducciones juradas solo deben llevar el sello oficial del traductor. No existe ningún sello ministerial que deba aplicarse en estos casos.

8. ¿Se pueden presentar fotocopias de las traducciones juradas? 
En principio deben presentarse los documentos originales, aunque es posible que algunos organismos acepten copias de las traducciones.

9. ¿Se pueden solicitar varias copias de una traducción jurada? 
Sí. Las copias adicionales solo suponen un 20 % del precio de la traducción original.

10. Tengo un documento en italiano que me gustaría traducir al inglés. ¿Puede hacerse cargo un traductor jurado de inglés-español que sepa italiano?
No. Según la legislación vigente, los traductores jurados habilitados en España deben tener el español como lengua de trabajo en todos los casos. Para el caso propuesto, se tendría que recurrir a un traductor habilitado en otro país con dicha combinación o a una traducción puente, esto es, traducir de manera oficial el documento del italiano al español y luego del español al inglés.


Si desea obtener más información sobre la traducción jurada, puede visitar la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en este enlace.